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urb04 – Solicitud de Licencia de Obra Mayor

Descripción del trámite

Son las licencias que se solicitan para efectuar obras en el ámbito de aplicación de la Ley de Ordenación de la Edificación. En general se trata de obras de nueva edificación y actuaciones que afectan a la estructura de un edificio o a elementos protegidos. Clasificación de obras para las que se engloba este procedimiento:

  • Obra nueva.
  • Ampliación o reforma (con variación de volumen o superficie).
  • Demolición.
  • Legalización.
  • Otra (especificar).

Documentación

Se deberá presentar la instancia acompañada de la documentación reflejada en el reverso. El Ayuntamiento remitirá carta de pago para la autoliquidación de la tasa. Tras la comprobación documental y técnica del expediente se otorga la licencia y se emite carta de pago del ICIO y fianza de gestión de residuos para su liquidación.

  • Instancia de solicitud de licencia de obra mayor debidamente cumplimentada.
  • Dos ejemplares del Proyecto Técnico visado por el Colegio Oficial que corresponda (que incluirá los documentos necesarios para la definición de la actuación solicitada y planos esquemáticos justificativos de la medición de superficies en soporte papel y, para agilizar la tramitación, formato digital dwg, reflejando las poligonales que encierren las superficies contabilizadas a efectos de ocupación y edificabilidad, señalando los cados en que se han computado al 100% y al 50%).
  • Impresos en Dirección de Obra y Dirección de Ejecución de Obra, visadas por los correspondientes Colegios Profesionales.
  • Impreso normalizado de Estadística de la Edificación y Vivienda del Ministerio de Fomento debidamente cumplimentado.
  • Estudio de Seguridad y Salud.
  • Certificado de Viabilidad Geométrica.
  • Estudio Geotécnico visado.
  • Declaración de los técnicos autores del Proyecto de su conformidad con la ordenación urbanística aplicable (Art. 154.1.b de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, 9/2001 de 17 de Julio).
    Proyecto de Infraestructura Común de Acceso a los Servicios de Telecomunicaciones (en el caso de edificios acogidos al Regimen de Propiedad Horizontal, regulado por la Ley 49/1960, de 21 de Julio, de Propiedad Horizontal).
  • En caso de tratarse de una legalización, deberá presentar certificado de legalización, firmado por técnico competente y visado por el correspondiente colegio, con declaración expresa sobre el cumplimiento de las normas de habitabilidad e higiene de la aplicación, además de reunir, salvo vicios ocultos, condiciones de estabilidad suficientes para dedicarse, debidamente conservada, al fin que se destina.
  • Autorizaciones sectoriales que correspondan: Dirección General de Carreteras, vías pecuarias, Confederación Hidrográfica, etc.
  • Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición según Orden 2690/2006 de Julio, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
  • Proyecto de arbolado, según Ley 8/2005, de 26 de Diciembre, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid, si procede.
  • Justificante de Autoliquidación de tasas por tramitación de licencia urbanística.

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